SOL
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

SOL

Supra Obscuritas Lux
 
ÍndiceBuscarÚltimas imágenesRegistrarseConectarse

 

 LEY VII ---> UNIDAD

Ir abajo 
AutorMensaje
Caxamius
Admin
Admin
Caxamius


Cantidad de envíos : 129
Fecha de inscripción : 01/05/2007

LEY VII ---> UNIDAD Empty
MensajeTema: LEY VII ---> UNIDAD   LEY VII ---> UNIDAD Icon_minitimeLun Mayo 14 2007, 19:44

LEY VII ---> UNIDAD

Todos los aliados forman una unidad. SOL = SOL II = SOL III.

Todos los aliados tienen derecho a:

- Pedir auxilio cuando lo necesiten, y ser auxiliados en la medida de las posibilidades de la alianza.
- Proponer las medidas de mejora que crean oportunas.
- Párticipar en el foro y opinar sobre cualquier cuestión.
- Ser elegido como representante en el Senado de la Alianza.

El representante de la unidad de los SOLES es el General Fundador, actualmente Caxamius, que deberá ser consultado para cualquier cuestión vital para la alianza, y cuya opinión, tras escuchar la de los demás miembros, prevalece. No se podrá declarar una guerra o establecer una alianza sin su aprobación, así como tampoco expulsar o atacar a un miembro de la alianza.

El General Fundador, será auxiliado en SOL II, por Danahia, y en SOL III por Saulus, como representantes del General en las mismas.

Existirá un Senado compuesto por los cargos de la alianza, así como los delegados en SOL II y III, así como por dos miembros electos por los aliados, que será consultado y emitirá los informes requeridos por el Fundador para la toma de decisiones y adoptará las medidas que en él se deleguen.

Los miembros electos se renovaran mensualmente.

En caso de que el General Fundador deba dejar sus funciones, designará un sucesor, que deberá ser aprobado por el Senado
Volver arriba Ir abajo
 
LEY VII ---> UNIDAD
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» CODIGO RESUMIDO

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
SOL :: LEY-
Cambiar a: